Compensación de Desempleo

Compensación de Desempleo

Last updated: December 2004

Si el patrón me desocupa, ¿puedo recibir alguna ayuda del gobierno?

Sí, Ud. puede calificar para pagos de desempleo.

¿Qué cosa es el "desempleo"?

Es un plan de seguro de trabajo ofrecido por el estado. 

¿Qué son los pagos de desempleo?

Son cheques que un trabajador recibe cada 2 semanas mientras está buscando otro trabajo.

¿Quién paga por el seguro de desempleo?

Su patrón paga al estado una cantidad mínima. No le cuesta nada al trabajador.

¿Por cuánto tiempo duran los pagos?

Un máximo de seis meses.

¿Los trabajadores agrícolas pueden recibir beneficios de desempleo?

Sí. Casi todos califican.

¿Todos los ranchos tienen que participar en los pagos de desempleo?

No. Los ranchos que ocupan a poca gente a lo mejor no participan. Pregunte a su patrón si ofrece seguro de desempleo.

¿Cómo sé si califico para recibir los pagos?

El proceso para calificar para pagos de desempleo es muy complicado, pero cuando menos tiene que haber ganado más de $1,600 en el año antes de estar desocupado.

¿Necesito permiso para trabajar en los EE.UU. para calificar?

Sí. Necesita permiso para trabajar.

¿Califico si dejo de trabajar?

No. Tiene que ser desocupado por falta de trabajo para poder calificar. Si Ud. renuncia, no califica. Si lo despidieron por mal comportamiento, no califica.

¿Cuánto serán los pagos?

La cantidad dependerá de cuánto Ud. ganaba por semana durante el año antes de estar desocupado.

¿Mientras que estoy recibiendo los pagos de desempleo, tengo que estar buscando trabajo?

Sí. Además, tiene que informar a la Oficina de Desempleo cada 2 semanas de todos los sitios donde haya ido a buscar trabajo.

Para solicitar pagos de desempleo, ¿qúe tengo que hacer?

Ir a la oficina de desempleo más cercana y llenar una solicitud.

¿Qué información debo llevar cuando vaya a solicitar los pagos de desempleo?

Cualquier prueba que tenga de sus salarios y el tiempo que haya trabajado, más su número de seguro social y datos de su familia.

¿Puedo solicitar los pagos de desempleo cuando regrese al pueblo donde vivo?

Sí. Puede solicitar los pagos de desempleo en cualquier estado de los EE.UU.

Si mi solicitud es negada, ¿tengo remedio?

Sí. Su remedio es hacer una apelación con la Oficina de Desempleo.

Si mi apelación con la Oficina de Desempleo es negada, ¿tengo remedio?

Sí. Puede pedir una audiencia con un juez administrativo.

¿Quién me puede ayudar si me niegan los pagos?

Cualquier oficina de Servicios Legales. Si Ud. trabajó en el campo o en una nursería, puede llamar gratis al 1-800-445-9025, la oficina de Asistencia Legal Para Campesinos

Organizaciones de Ayuda Legal

Para obtener una lista de organizaciones en su área que lo podrán asistir, escriba su código postal.

 

Comentarios y Sugerencias

Agradecemos sus comentarios y sugerencias.

Encuesta - Por favor tome un momento para ayudarnos a proveer un servicio mejor y complete nuestra encuesta.

Por favor no envié correos electrónicos con preguntas legales o información de su problema legal. No responderemos a preguntas sobre su problema legal. Sin embargo, puede Ud. encontrar referencias a organizaciones legales que le podrán ayudar aquí.