Escuela y Educación

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Audiencias de proceso debido para la educación especial

Audiencias de proceso debido para la educación especial

Otro tipo de resolución de conflictos es la audiencia de proceso debido, conocido en inglés como "due process hearing". Una audiencia de proceso debido es como un juicio.

Hay muchas reglas que deben de ser seguidas como parte del proceso. Usted puede leer las reglas en Illinois en el sitio web de la Junta de educación del estado de Illinois (ISBE) en inglés. 

Límites de tiempo

Hay límites de tiempo muy específicos que tienen que ser observados en estas audiencias. 

Debe solicitar una audiencia de proceso debido dentro de un plazo de dos años desde la ocurrencia del problema. Puede solicitar a un oficial de audiencia que corrija un asunto que haya acontecido en los últimos dos años. No está permitido solicitar reparación por un problema que tenga más de dos años, a menos que se trate de un problema continuo.

Si está tratando de congelar la ubicación de su hijo o impedir que entre en vigor un nuevo Plan Educativo Individualizado (PEI), puede presentar una solicitud de proceso debido. Debe realizar esta acción en un plazo de diez días a partir de la reunión del PEI en la que se llevaron a cabo los cambios con los que no está de acuerdo. También podría presentar una solicitud de proceso debido después de que hayan transcurrido los diez días. En tal caso, el nuevo PEI entrará en vigor mientras resuelve su disputa con la escuela.

Periodo de resolución

Mientras espera noticias sobre su audiencia, usted estará negociando con el distrito escolar para tratar de resolver el problema antes de la audiencia. A esto se le conoce como "resolution period" en inglés y dura unos 30 días. El oficial de audiencias le ayudará, guiándole por el proceso.

Dentro del tiempo inicial de 30 días, usted puede optar por acudir a la mediación o a una sesión de resolución. Existen diferencias fundamentales entre estos dos procesos que puede leer en la guía para padres de ISBE

Sesión de resolución 

Una sesión de resolución debe llevarse a cabo dentro de los 15 días posteriores a la recepción de la solicitud de proceso debido. Si tanto usted como el distrito escolar deciden someterse a mediación, la sesión de resolución puede ser dispensada.

Después de la sesión de resolución, ambas partes tendrán 3 días para cambiar de opinión con respecto al acuerdo. Pasados los 3 días, el acuerdo por escrito será vinculante para ambas partes. Esto significa que tanto la escuela como los padres deber án cumplir con lo que está establecido en dicho acuerdo.

Si no cancela el acuerdo dentro de los 3 días, este será vinculante. Firme un acuerdo solo si el problema se ha resuelto y ya no desea una audiencia, o si el acuerdo establece que solo se han resuelto algunos de los problemas y el caso de proceso debido continuará. 

Estas son algunas reglas sobre la sesión:

  • Le tienen que dar la oportunidad de explicar el problema y se le debe dar a la escuela la oportunidad de arreglar el problema;
  • La escuela tiene que mandar a alguien que tiene la autoridad de tomar decisiones;
  • La escuela no puede traer un abogado al menos que usted también lleve uno a la reunión de resolución; y
  • Si usted y la escuela llegan a un acuerdo en la reunión de resolución, se deberá hacer un acuerdo por escrito. Este dirá cómo las partes arreglarán el problema.

No firme ningún documento a menos que los haya leído, los haya comprendido y esté de acuerdo con lo que dicen. Si no comprende algo en un acuerdo, pida a la escuela que se lo explique y que incluyan la explicación por escrito en el acuerdo.

Recuerde que la escuela solo está obligada a cumplir con lo que esté realmente escrito en el acuerdo. Si firma un acuerdo durante la reunión de resolución, se retirará su solicitud de audiencia de proceso debido y no se llevará a cabo la audiencia. 

Seleccionar un oficial de audiencia

El ISBE seleccionará un oficial de audiencia quien actuará como un juez en la audiencia. Usted puede encontrar una lista de oficiales de audiencia en Illinois en el sitio web del ISBE (en inglés). 

Los padres y la escuela pueden solicitar un oficial de audiencia sustituto.  A esto se le conoce como "strike the hearing officer". Esto se tiene que hacer dentro de 5 días de cuando usted recibe la notificación del oficial de la audiencia.

Si usted no quiso el primer oficial de audiencia, y se nombra otro oficial de audiencia, usted ya no podrá pedir que se cambie a ese segundo oficial.

Antes de presentar una solicitud de proceso debido, o después de haber recibido una notificación sobre quién será el oficial de audiencia, es importante preguntar a los grupos de padres y otras personas que han tenido experiencia con este tipo de audiencias en Illinois sobre como es el oficial de la audiencia que le asignaron, para ver si alguien tiene alguna recomendación para ver si usted debe de pedir otro oficial sustituto. Las decisiones de los oficiales de audiencias y resúmenes de sus decisiones están en la sección de debido proceso en la página web ISBE.

Procedimientos

Poco después de ser asignado a la audiencia, el oficial de audiencia se pondrá en contacto con ambas partes para programar algunas llamadas iniciales y proporcionar información acerca de la audiencia.

Debe asistir a cualquier llamada de estado que el oficial de audiencia programe. También debe seguir todas las instrucciones que el oficial de audiencia dé sobre cómo le gustaría que se maneje la audiencia, las comunicaciones y otros asuntos a lo largo del proceso.

Lugar de la audiencia

La audiencia normalmente se toma lugar en las escuelas o en las oficinas administrativas escolares. Si usted desea que la audiencia sea en algún otro sitio, usted tiene que nombrar un lugar y decirle al oficial de la audiencia que usted quiere tener la audiencia ahí.

Usted puede pedir que la audiencia sea en un lugar neutral, siempre y cuando sea gratuito y que sea razonablemente conveniente. "Gratuito" quiere decir que ninguna de las partes tendrá que pagar y "razonablemente conveniente" quiere decir que es cerca del lugar de donde vienen los testigos de la escuela y tiene un lugar apropiado para la audiencia.

Preparar libros de documentos y listas de testigos

Es importante recordar hacer un libro de documentos y una lista de testigos para la audiencia.

El libro de documentos incluye todos los documentos que usted quiera usar durante la audiencia. Su lista de testigos incluye información que identifique a los testigos que va a usar, el tiempo estimado de su declaración, y las cosas que van a decir.

Las páginas del libro de documentos deben de ser numeradas con un sello, generalmente se una el sello llamado "Bates Stamp". Usted puede encontrar esto en cualquier tienda de artículos de oficina. La primera página debe de nombrar todos los documentos y los números de las páginas donde se encuentra cada uno. Esto ayudará a todos a encontrar las páginas de una manera fácil y rápida.

El libro puede estar en un archivador de 2 o 3 anillos o ser encuadernado en algún centro de articulos para oficinas como Office Depot u Office Max. Si el oficial de la audiencia tiene reglas específicas sobre cómo el libro debe de ser presentado, asegúrese de seguir esas reglas.

Tarda bastante tiempo en organizar todos los documentos, sellarlos con la fecha, hacer copias y luego ponerlos en los archivadores, entonces asegúrese de preparar los libros con tiempo. Normalmente es más fácil hacer y sellar el primer libro, y después llevarlo a una tienda de artículos de oficina y pedirles que hagan 3 copias en archivadores de 3 perforaciones o encuadernando las páginas.

Usted debe preparar una copia para usted, otra para el abogado de la escuela, otra para el oficial de la audiencia, y otra para los testigos. Los testigos pueden compartir una copia aunque sean varios. Usted será responsable por el coste de hacer los libros.

El día de la audiencia, usted llevará una copia del libro de documentos para que los testigos puedan usarlo durante la audiencia. Usted utilizará su propia copia del libro de documentos para prepararse para la audiencia.

Usted también necesitará presentar una lista de testigos que incluye la información de identificación de los testigos que va a utilizar, la duración prevista de su testimonio y el material de su testimonio.

Traer un abogado

No es necesario tener un abogado, pero es mejor conseguir a un abogado si se puede.  Un estudio mostró que los padres que no fueron representados por un abogado ganaron sólo 16% de las audiencias de preoceso debido. Los padres que sí fueron representados por un abogado ganaron 49% de las audiencias.

Como pueden ver es importante encontrar un abogado que tenga experiencia con leyes de educación especial antes de que usted solicite una audiencia de debido proceso.

La confidencialidad

Usted también decidirá si quiere que la audiencia sea abierta o cerrada.

En una audiencia abierta, cualquiera persona, incluyendo personas de la escuela, puede ir y ver la audiencia. Durante una audiencia cerrada, solo pueden estar presentes las partes, el taquígrafo judicial, el oficial de audiencia y cada testigo cuando sea su turno de hablar.

La asignación del estudiante durante los procedimientos de proceso debido


Al pedir una audiencia de proceso debido dentro de los 10 días después de la creación del IEP disputado se detiene la asignación del estudiante hasta que una decisión sea tomada por el oficial de la audiencia. Esto se conoce cómo “stay put” en inglés.

Última revisión exhaustiva realizada por un experto en la materia
Septiembre 11, 2024
Última actualización realizada por nuestro personal
Septiembre 12, 2024

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