Cortes y Audiencias
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Es posible que pueda recibir ayuda legal gratuita.
La siguiente pregunta le fue hecha a John Roska, abogado y escritor cuya columna semanal "The Law Q&A," se publica en la Gaceta Noticiero de Champaign (Champaign News Gazette). Nota: El contenido de este artículo ha sido editado por el personal de ILAO.
Pregunta
Me entere que alguien presentó una demanda por falta de pago en mi contra. El secretario del circuito me confirmó que se ha presentado la demanda y me comunicó la fecha del juicio. Si no he recibido aún ningún documento de la corte, ¿debo presentarme? ¿Qué pasa si no lo hago?
Respuesta
Usted debe recibir una Citación (Summons) y una copia de cualquier Demanda (Complaint) o Petición (Petition) que se presente en su contra. Hasta entonces, usted no tiene que ir a la corte, y ningún juicio puede llevarse a cabo en su contra.
Pero cuidado: es posible que estos documentos hayan sido entregados y que usted no lo sepa. Esto podría suceder si se entregan a alguien de su residencia o casa y después se le envía a usted una copia por correo. Esto es efectivo siempre que se trate de su "lugar habitual de residencia" y que quién haya recibido los documentos sea "alguien de la familia o una persona que vive en la vivienda," y que tenga al menos 13 años de edad.
La teoría que respalda la "notificación en la residencia", conocida como "abode service" en inglés, es que la ley supone que la persona a la que se le entrega la Citación y Demanda se lo comunicará a usted, dado que ustedes son miembros de la misma familia o comparten residencia. Se espera que la persona le entregue a usted los documentos que ha recibido. Pero incluso si no lo hacen, con suerte usted recibirá una copia por correo. La notificación en la residencia no se considera completa a menos que alguien en su residencia acepte los documentos, y que a usted se le envíen las copias por correo.
Por tanto, asegúrese de que nadie con quién usted viva haya recibido los documentos dirigidos hacia usted. Mucha gente niega haber recibido los documentos hasta que se entera de que un compañero de piso los recogió y se olvidó de comunicárselo. La corte aplican un criterio bastante amplio para determinar quien se considera miembro de la familia o residente para poder aceptar la entrega de la notificación en la residencia o casa.
En los casos de reclamos menores, también es posible enviar el Citación y la Demanda por correo certificado o registrado. Pero sólo la oficina del Secretario de Circuito puede enviarlo, y la persona demandada debe firmar por él. Si usted no firma — o si el cartero pasa por alto el requisito de "entrega restringida" permitiendo que otra persona firme en su lugar — el proceso no se considerará válido.
En casos que involucran bienes raíces, como desalojos o ejecuciones hipotecarias, también es posible notificar al demandado colocando copias de la Citación y la Demanda en su puerta, o en lugares públicos como el juzgado y el ayuntamiento. Esto se conoce como "posting" o "publication" en inglés. El demandante debe obtener permiso de un juez antes de recurrir a estos métodos, pero una vez obtenido ese permiso, pueden notificarle mediante "publicación", lo cual podría pasar desapercibido si usted está fuera de la ciudad.
Si le han notificado a través de uno de los métodos mencionados anteriormente y usted no comparece en la corte, el juez puede emitir un fallo por incomparecencia en su contra, otorgando lo solicitado por el demandante en su demanda.
Si no se hizo ningún tipo de servicio y usted no se presenta, la corte no tiene jurisdicción sobre usted y no puede dictar ninguna sentencia en su contra. El caso podría continuar en otra fecha, y la parte demandante puede intentar notificarle de nuevo.
Es complicado si usted fue notificado incorrectamente de la demanda. Dos ejemplos serían que la contraparte diga que se ha completado la entrega en su residencia, pero haya sido en otro lugar que no es realmente su residencia; o si alguien firmó el correo certificado, que sólo usted podía firmar. Entonces, un juez en una corte con muchos casos podría pensar que usted fue debidamente notificado y dictar un fallo por incomparecencia ("default judgment") contra usted si no comparece ante la corte. Si esto sucede, puede acudir a la corte para solicitar que el juez anule ("quash") el intento de notificación fallido y el fallo por incomparecencia emitido, pero para hacerlo deber á presentar una moción y explicar por qué la notificación fue insuficiente.
Por supuesto, usted también tiene la opción de comparecer ante la corte de forma voluntaria, sin que se le haya notificado de la demanda. Eso puede ahorrarle los costos de la corte, al ahorrarle a su adversario el gasto de tener que notificarle.
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