Vivienda y Apartamento

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Programas de vivienda para menores de edad y personas con discapacidades

Existen una serie de leyes federales. En estas leyes, se establece un programa de viviendas de apoyo para personas de bajos ingresos y con discapacidades:

  • Ley de Asistencia para Personas sin Hogar McKinney (McKinney Homeless Assistance Act).
  • Ley Nacional de Viviendas Asequibles (National Affordable Housing Act), Sección 811.
  • Ley de Vivienda (Housing Act) de 1959, Sección 202.
  • Ley de Vivienda de los Estados Unidos (U.S. Housing Act) de 1937.

A través de estas leyes, se financian los costos operativos y la asistencia para la renta para proyectos de viviendas destinadas a personas con discapacidades. Esto les permite a las personas con discapacidades tener una vida independiente. Y se amplía la disponibilidad de viviendas que se ajustan a sus necesidades especiales.Además, se les brindan servicios de apoyo que abordan esas necesidades.

Mediante esta legislación, se provee asistencia a personas con discapacidades que no tienen un hogar o que tienen bajos ingresos.

Programa de viviendas de apoyo para personas con discapacidades que no tienen un hogar

Objetivo del programa

Este programa se creó mediante la Ley Federal de Asistencia para Personas sin Hogar McKinney. Su objetivo es autorizar al Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE. UU. (Department of Housing and Urban Development, HUD por sus siglas en inglés) a entregar ciertas subvenciones a distintos grupos:

  • Gobiernos estatales o locales.
  • Organizaciones privadas sin fines de lucro.
  • Asociaciones públicas comunitarias de salud mental.

Estas subvenciones tienen como fin promover el desarrollo de “viviendas de apoyo” y “servicios de apoyo”. Esto incluye diversos enfoques innovadores para ayudar a las personas sin techo a salir de esa situación de calle.

Tipos de proyectos de viviendas de apoyo

En virtud de este programa, el HUD puede proveer subvenciones para 2 tipos de proyectos de viviendas de apoyo:

Vivienda permanente para personas sin techo y con discapacidades: estos proyectos proveen vivienda y servicios de apoyo a largo plazo y basados en la comunidad. Existen límites en la cantidad de personas sin techo y con discapacidades a las que se les puede proveer ayuda mediante estos proyectos. Generalmente, el proyecto puede brindar asistencia a no más de 8 personas en una única estructura. Sin embargo, según los casos, el proyecto puede asistir a hasta 16 personas o más.

Vivienda temporal: a través de este tipo de proyecto, se brinda una vivienda temporal. Se utiliza para promover el traslado de las personas y las familias sin techo a una vivienda permanente. Está especialmente diseñado para las personas sin techo desinstitucionalizadas. Además, está pensado para las personas sin techo que tienen discapacidades mentales u otras discapacidades.

Se puede permanecer en la vivienda temporal por 2 años. Incluso puede permanecer más tiempo si no pudo encontrar una vivienda permanente para usted o su familia. Asimismo, es posible permanecer allí si necesita más tiempo para prepararse para una vida independiente. Sin embargo, el HUD puede dejar de proveer asistencia al proyecto si más de la mitad de las personas permanece más de 2 años.

El HUD puede decidir financiar otro tipo de proyectos o brindar otras alternativas para satisfacer las necesidades de las personas sin techo.

Toda vivienda de apoyo debe ser segura y estar en condiciones de sanidad. Debe cumplir con los requerimientos de la licencia y de los códigos de vivienda locales y estatales aplicables.

Tipos de subvenciones disponibles para los proyectos

La subvención del HUD se dará para uno o varios de los siguientes tipos de asistencia:

  • Una subvención de hasta $200,000 para obtener o acondicionar una estructura existente.
  • Una subvención de hasta $400,000 para la construcción de una nueva estructura.
  • Una subvención para la renta de una estructura existente.
  • Pagos anuales de hasta 75 % de los costos operativos de la vivienda.
  • Una subvención para los costos de los servicios de apoyo que se proveen a las personas sin techo.

¿Quién reúne los requisitos para acceder a esta vivienda?

Será elegible si califica tanto como una persona sin techo como una persona con discapacidades.

Una discapacidad es un impedimento físico, mental o emocional que tiene las siguientes características:

  • Se espera que tenga una duración indefinida.
  • Imposibilita de manera significativa su capacidad de vivir libremente.
  • Permite mejorar su capacidad de vivir de forma independiente en condiciones de vivienda más apropiadas.

Entre las discapacidades se incluyen las discapacidades del desarrollo, además del VIH o el SIDA.

Se considerará que usted es una persona sin techo en las siguientes situaciones:

  • No tiene una residencia fija, habitual y adecuada para la noche.
  • Tiene una residencia principal para la noche. Puede ser un centro de acogida supervisado o que no se suele utilizar como alojamiento para dormir.

Ejemplos:

  • Un hotel de asistencia social.
  • Un centro de acogida de aglomeración de personas.
  • Una vivienda temporal para personas con enfermedades mentales.

Servicios de apoyo

Todos los proyectos deben tener supervisión residencial. Asimismo, es importante ofrecer actividades para garantizar que los residentes reciban los servicios de apoyo adecuados. Estos servicios pueden incluir el empleo de un supervisor en la residencia a tiempo completo o parcial.

El término “servicios de apoyo” implica lo siguiente:

  • Llevar adelante un programa de servicios de cuidado de niños.
  • Tener en funcionamiento un programa de asistencia al empleo.
  • Proveer servicios ambulatorios de salud, alimentos y gestión de casos.
  • Proveer asistencia para obtener vivienda permanente. 
  • Brindar asesoramiento nutricional y laboral.
  • Adoptar medidas de seguridad.
  • Brindar ayuda para obtener otros beneficios públicos.

Rentas para los residentes

Es posible que a los residentes que son parte de estos proyectos se les solicite que paguen un cargo por la ocupación. En ese caso, el cargo representará el monto mayor de entre los siguientes componentes:

  • 30 % del ingreso “ajustado” mensual de la familia; o
  • 10 % del ingreso mensual de la familia.

La renta del residente puede usarse para financiar el funcionamiento del proyecto. También puede reservarse para ayudar a los residentes que están en viviendas temporales a mudarse a viviendas permanentes.

Funcionamiento general de los proyectos

Accesibilidad: la vivienda debe ser accesible y estar en condiciones de ser habitada. Cada residente debe tener un espacio y la seguridad adecuados para sí mismo y para sus pertenencias. Cada residente debe tener un espacio apropiado para dormir. Los proyectos deben cumplir con ciertos estándares de construcción y ocupación.

Comidas: todos los proyectos que provean viviendas de apoyo para personas sin techo y con discapacidades también deben brindar las comidas. De manera alternativa, deber án tener un espacio para que los residentes preparen sus comidas.

Participación de las personas sin techo: en la medida de lo posible, el proyecto debe involucrar a las personas sin techo en las siguientes actividades del proyecto:

  • Construcción.
  • Reparación.
  • Mantenimiento.
  • Funcionamiento general.

Las personas sin techo pueden proveer servicios de apoyo a través de empleo o de voluntariado.

Finalización de la asistencia para la vivienda

Un proyecto puede finalizar su asistencia si usted incumple los requisitos del programa. Sin embargo, esto solo debería suceder en los casos más graves. Si un proyecto finaliza su asistencia, luego puede restituirla.

Cuando se pone fin a la asistencia, el proyecto debe darle el derecho al debido proceso. Estos derechos incluyen, como mínimo, los siguientes:

  • Una notificación por escrito en la que se indique claramente las razones de dicha finalización.
  • El derecho a que se revise la decisión.
  • La oportunidad de presentar las objeciones ante una persona que no haya tomado la decisión de finalización.
  • Una notificación apropiada y por escrito de la decisión final.

Programa de vivienda transitoria para menores de edad

 

 

Última revisión exhaustiva realizada por un experto en la materia
Febrero 27, 2018
Última actualización realizada por nuestro personal
Mayo 24, 2020

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