Crimen y Tráfico
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Cuando se comete un crimen, la policía tiene el derecho a retener los bienes que se usaron para cometerlo o que, de alguna manera, están relacionados con ese crimen. Por ejemplo, si la policía captura a alguien comprando drogas, podrá retener el dinero en efectivo usado para comprarlas. La policía podrá también confiscar bienes que ellos creen podrían haber sido utilizados en un crimen. Dichos bienes podrán consistir en dinero en efectivo, un automóvil, o incluso, una casa. Esto es lo que se conoce como confiscación civil de bienes (“civil asset forfeiture”, en inglés).
Los bienes no necesariamente tendrán que pertenecer a la persona acusada del crimen. El imputado de un crimen los podría haber tomado prestados o robado para usarlos en la comisión del crimen, y aun así la policía podrá llevárselos. Pero eso no quiere decir que la policía se podrá quedar con ellos.
Si le quitaron sus bienes porque la policía cree que ellos están de alguna manera vinculados con un crimen, usted tendrá que seguir un proceso para recuperarlos. Durante este proceso, la policía tendrá que probar que tiene causa probable (“probable cause”, en inglés) para sospechar que los bienes fueron usados en la comisión de un crimen. Esto significa que la policía cuenta con suficientes indicios que sustenten la posibilidad de que los bienes fueron usados en el crimen.
¿Cómo decide la policía si un bien fue utilizado en la comisión de un crimen?
La policía toma en consideración varias cosas al decidir si un bien fue utilizado en un crimen. A veces es obvio. Por ejemplo, si se encuentra drogas en un automóvil, la policía sabrá que el mismo fue usado para transportarlas. Pero a veces no es tan obvio. Si una persona acusada de ser traficante de drogas compra un automóvil, la policía no necesariamente sabrá si ese automóvil fue utilizado para transportar drogas.
Sin embargo, a la policía se le permite hacer suposiciones. Si se encuentra dinero cerca de drogas o parafernalia relacionada con drogas, se presumirá que ese dinero tiene algo que ver con las actividades criminales. Si a alguien se le acusa de más de un delito relacionado con drogas, la policía podrá asumir que cualquier bien adquirido entre el primer delito y el último, guarda relación con la actividad criminal.
¿Qué necesita probar las autoridades para quedarse con sus bienes?
Si sus bienes fueron utilizados en un crimen, la policía los confiscará. Sin embargo, usted podrá recuperarlos si el estado (las autoridades) no puede probar que usted tenía conocimiento de la actividad delictiva o si no tomó parte en la misma de alguna forma. Por lo general, el estado tendrá que probar que usted:
- Es legalmente responsable por la conducta delictiva;
- Ayudó con la conducta delictiva de alguna manera;
- Sabía o es razonable creer que usted supiera sobre la conducta delictiva;
- Se benefició de la conducta delictiva; o
- Estaba manteniendo los bienes en cuestión para el beneficio del imputado.
Es posible que usted comprara algo y que la policía lo confiscara después de que usted le haya pagado al vendedor, pero antes de que usted tome posesión de lo comprado. O que el vendedor supiera que la policía lo había confiscado, pero aun así, se lo vendió a usted. Si alguien le vendió un bien después de que la policía se lo hubiera llevado, usted tendrá que probar que usted no estaba al tanto de la actividad delictiva, que no participó en ella, y que usted:
- Es el comprador legítimo del/ de los bien(es); y
- No estaba al tanto de que la policía lo(s) había confiscado antes de que usted pague por ellos.
Casos de automóviles confiscados
Cuando la policía confisca bienes, con frecuencia los retienen mientras se tramita un proceso de recuperación. Pero si la policía se lleva su automóvil, usted podrá pedir se lo devuelvan temporalmente, mientras el trámite esté en curso.
Para recuperar su automóvil durante el proceso, deber á presentar una petición dentro de 28 días contados desde la fecha de la consideración preliminar del caso o a partir de una decisión de que existía causa probable. La Corte Suprema de Illinois (“Illinois Supreme Court”, en inglés) ha publicado una colección de formularios denominados (en inglés) “Hardship Motion” (“Petición por Adversidad”) que usted tendrá que utilizar para solicitar que su automóvil le sea devuelto.
Usted tendrá que probar que el no tener su automóvil le pondría a usted en una situación muy difícil. Por ejemplo, si lo utiliza para ir al trabajo, no tener su automóvil podría llevarle a perder el empleo. Usted tendrá que entregar declaraciones juradas y firmadas ante un notario (“sworn, notarized affidavits”, en inglés). Esto significa que usted tendrá que escribir las razones por las cuales el no tener su automóvil constituirá una privación considerable y lograr que el documento sea formalizado ante un notario.
La corte considera lo siguiente al decidir si usted podrá recuperar su automóvil temporalmente:
- La naturaleza de su situación adversa
- Su acceso al transporte público
- Otras opciones que usted pueda tener para superar su situación de adversidad
Si usted logra probar que la falta de su automóvil constituye una privación considerable, la corte decidirá si dicha situación adversa es más importante que el interés del estado de quedarse con el automóvil. Si la corte decide que su situación adversa tiene más peso, temporalmente le entregarán el automóvil siempre y cuando usted:
- Sea el dueño que consta en los registros de automóviles o una persona autorizada por dicho dueño;
- Entregue prueba de que el automóvil está asegurado; y
- Tenga una licencia de conducir vigente.
Es posible que la corte imponga ciertas condiciones para la devolución del automóvil. En caso de no cumplir con alguna de ellas, la policía podrá confiscar el automóvil nuevamente. Estas condiciones podrían incluir:
- No sacar el automóvil del estado de Illinois
- No esconder el automóvil, o intentar hacerlo
- No causar daño al automóvil
Antes de poder recuperar su automóvil, usted tendrá que pagar una fianza en efectivo al secretario de la corte del distrito judicial (“clerk of the circuit court”, en inglés). La cantidad de la fianza dependerá de:
- El valor de mercado de su automóvil
- La naturaleza de su situación adversa
- La frecuencia con que usted utilizará el automóvil
- Su habilidad de pagar
La devolución de su automóvil es tan solo temporal. Usted tendrá que hacer trámites para recuperarlo permanentemente. Si usted participa en el proceso y la corte decide que la policía puede quedarse con su automóvil permanentemente, usted tendrá 7 días para devolverselo. A usted le devolverán la fianza en su totalidad, a menos que usted haya causado daños a su automóvil mientras lo tenía en su posesión. De ser éste último el caso, le devolverán lo que quede de la cantidad de su fianza después de deducir el costo de las reparaciones de dichos daños.
La corte tiene algunas opciones si usted no devuelve el automóvil dentro de 7 días. Si la fianza que usted pagó equivale al precio de mercado del automóvil, podrá quedarse con la fianza, pero no intentará tomar medidas para confiscar el automóvil. Si la fianza era menor al valor de mercado del automóvil, la corte podrá:
- Quedarse con el dinero de la fianza y emitir un fallo (“judgment”, en inglés) en su contra por la diferencia; o
- Emitir una orden que habilite a cualquier organismo policial de Illinois a decomisar el automóvil y retener la fianza.
Cómo recuperar sus pertenencias
A partir de la confiscación de sus bienes por parte de la policía, la corte tendrá 14 días para decidir si había o no causa probable, y a continuación, el estado tendrá 28 días para informarle a usted si sus bienes están siendo confiscados. El primer paso consistirá en un examen preliminar del caso que ocurrirá dentro de 14 días contados desde la fecha de confiscación de los bienes. Si la corte decide que si hay causa probable y que los bienes pueden, por lo tanto, ser decomisados, se lo dejará saber. Un aviso le llegará informándole que la policía piensa que puede quedarse con sus bienes. Tras recibir este aviso, usted podrá responder si cree poder probar que usted no sabía o no participó en la actividad criminal y desea que sus bienes le sean devueltos.
Espere por el aviso
A usted le llegará un aviso informándole que hay una confiscación pendiente de sus bienes. Este aviso le informará sobre:
- Los bienes sujetos a decomiso
- El valor estimado de los mismos
- Cuándo y dónde sus bienes fueron confiscados
- Por qué sus bienes fueron confiscados
- El proceso para solicitar la devolución de sus bienes
- Sus derechos durante dicho proceso
Si la policía conoce su dirección, el aviso le será enviado a usted por servicio de entrega o correo certificado. Si la policía no está al tanto de su dirección, publicará el aviso en un periódico por 3 semanas. Para asegurarse de recibir el aviso con suficiente tiempo para responder, provéale a la policía que confiscó sus bienes su dirección actual. Si usted se muda después de haber recibido el aviso, usted podrá notificar a las oficinas del procurador del estado (“state's attorney”, en inglés) sobre su cambio de dirección.
Es importante que usted mantenga a la policía y al procurador del estado al tanto de su dirección y que además responda a todo tipo de comunicaciones con rapidez porque de no hacerlo dentro de 45 días contados desde la fecha en que recibió el aviso, usted no podrá recuperar sus bienes. Si sus bienes fueron confiscados cuando otra persona los tenía en su posesión, usted debería llamar a las oficinas del procurador del estado en su condado para informales de su dirección y asegurarse de recibir notificaciones al respecto.
Cómo responder al aviso
Tras ser notificado del decomiso pendiente de sus bienes, usted tendrá que responder. Cómo hacerlo depende del tipo de bienes que fueron confiscados, el tipo de actividad criminal que causó la confiscación, y el valor de dichos bienes. Usted tiene que responder dentro de 45 días del recibo del aviso. De otro modo, la policía se quedará con sus bienes.
Si sus bienes son de alto valor o si la policía tomó posesión de su casa o un edificio de su pertenencia, no será necesario que usted presente un reclamo para iniciar el proceso. La corte automáticamente lo hará. Usted tampoco tendrá que presentar un reclamo si sus bienes fueron confiscados en relación con una transgresión no relacionada con drogas o el lavado de dinero, por ejemplo, si los bienes confiscados se relacionan con una infracción de tráfico como conducir en estado de embriaguez (“driving under the influence”, en inglés) o casi cualquier otro delito, incluyendo robo y otras transgresiones. Usted no tendrá que presentar un reclamo si sus bienes confiscados:
- Son bienes raíces, tales como una casa o un edificio;
- Tienen un valor superior a $150,000; o
- Tienen un valor superior a $20,000 y son confiscados por un crimen relacionado con el lavado de dinero; o
- Sus bienes fueron confiscados en relación con una transgresión no relacionada con drogas o el lavado de dinero.
De no ser así, envíe una carta para dejar sentado su reclamo ante la oficina del procurador del estado que le envió a usted el aviso. Usted podrá utilizar el ejemplar de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles de Illinois (“American Civil Liberties Union of Illinois”, o ACLU, por sus siglas en inglés) disponible aquí para preparar su reclamo. Asegúrese de incluir:
- Su nombre
- Su dirección
- La detalles del proceso (identificación de las partes, la corte, el número de caso, etc.), que podrá encontrar en el aviso
- El motivo de su interés en el/los bienes confiscados
- Información sobre cuándo adquirió dicho(s) bien(es)
- Información sobre cómo usted adquirió dicho(s) bien(es)
- Información sobre quién le dio los bienes
- Identificación de cualquier otra persona que pueda tener derechos de propiedad sobre dichos bienes
- Su confirmación de que usted no sabía o no tomó parte alguna en la actividad delictiva
- Los hechos que le ayudarán a probar que usted no sabía o no tomó parte alguna en la actividad delictiva
- Que usted desea que se le devuelva(n) sus bien(es).
Después de que usted haya presentado su reclamo y pagado fianza, el procurador del estado tendrá 28 días para presentar su denuncia (“Complaint”, en inglés).
El siguiente paso será la presentación de una Respuesta a la Demanda (Answer to the Complaint). La Corte Suprema de Illinois ha publicado una colección de formularios que usted podrá utilizar para preparar su respuesta en casos de confiscación y decomiso no relacionados con drogas o el lavado de dinero. En el condado de Cook, usted podrá también utilizar este formulario aprobado para preparar su Respuesta. La información que usted debe incluir en la Respuesta es la misma información que incluyó en su reclamo:
- Su nombre
- Su dirección
- La detalles del proceso (identificación de las partes, la corte, el número de caso, etc.), que podrá encontrar en el aviso
- El motivo de su interés en el/los bienes confiscados
- Información sobre cuándo adquirió dicho(s) bien(es)
- Información sobre cómo usted adquirió dicho(s) bien(es)
- Información sobre quién le dio los bienes
- Identificación de cualquier otra persona que pueda tener derechos de propiedad sobre dichos bienes
- Su confirmación de que usted no sabía o no tomó parte alguna en la actividad delictiva
- Los hechos que le ayudarán a probar que usted no sabía o no tomó parte alguna en la actividad delictiva
- Que usted desea que se le devuelva(n) sus bien(es).
Usted tendrá 45 días para presentar su respuesta. De no presentarla, la policía podrá retener sus bienes confiscados.
La audiencia
Una audiencia se llevará a cabo dentro de 60 días de la presentación de su respuesta a menos que la corte tenga una causa justificada para prorrogarla.
En esta audiencia, el estado será el primero en presentar su caso con el afán de probar por preponderancia de la evidencia (“preponderance of the evidence”, en inglés) que él tenía motivo para confiscar los bienes. Su empeño será demostrar que usted sabía, o debería haber sabido sobre la conducta que resultó en la confiscación (o entregar más evidencia de su participación, como se explica más abajo). El estándar probatorio de “preponderancia de las pruebas” significa que había más probabilidad de que los bienes confiscados hayan sido utilizados en la comisión de un crimen o guarden relación con actividad criminal, y que usted lo sabía. Aunque la probabilidad sea tan solo del 51%, eso es suficiente.
Al estado se le permitirá convocar testigos para atestiguar sobre el caso; éstos podrán ser hasta miembros de la policía. Usted también podrá interrogar a los testigos del estado y convocar a sus propios testigos. Usted podrá también atestiguar en representación propia si así lo decide. Usted podrá también presentar cualquier documento que usted considere útil con su caso.
Aplazamientos
Si el juez fija una audiencia para el caso y el agente de policía no se presenta a la misma, el juez podrá autorizar un aplazamiento o re-agendar la audiencia. Si usted es quien necesita un aplazamiento, usted también podrá pedirlo.
Descubrimiento de pruebas
En algunos casos, antes de la audiencia o juicio, la corte podrá autorizar, tanto a usted como al estado, que participen en un proceso de descubrimiento de pruebas (“discovery”, en inglés). En él, es posible que usted tenga que entregar documentos y responder a interrogatorios sobre su titularidad sobre los bienes confiscados y otros asuntos. Usted también podrá pedir al estado que le entregue documentos y responda a sus interrogatorios.
Para aprender más sobre el proceso de descubrimiento de pruebas y como usarlo en un juicio, lea esto.
¿Cómo afecta un caso criminal a la confiscación y el decomiso de bienes?
Típicamente, el juez no agendará una audiencia hasta que haya concluido el juicio criminal. El juicio criminal habrá concluido después de que el imputado:
- Sea dejado libre porque los cargos en su contra han sido retirados,
- Se declara o es declarado culpable, o
- Es declarado inocente.
El hecho de que los cargos se retiren no significa que el proceso de decomiso vaya a parar o cambiar. Esto se debe a que las normas sobre la carga y valoración de la prueba (“standard of proof”, en inglés) que son necesarias para quedarse con sus bienes son menos rigurosas que aquellas que se necesitan para encontrar a alguien culpable de un crimen. Sin embargo, si la persona es declarada inocente o se retiran los cargos en su contra, el procurador del estado podrá pedir que los bienes confiscados le sean devueltos. También, si el demandado en un caso criminal es declarado inocente durante el juicio o si hay un resultado en contra del estado durante una audiencia preliminar y éste no logra inculparlo, el nivel de la carga de prueba (“burden of proof”, en inglés) del estado en el juicio de decomiso será mucho más alto. Este estándar se conoce como “pruebas claras y convincentes” (“clear and convincing evidence”, en inglés).
Audiencia para un dueño inocente
Si no desea esperar hasta la conclusión del caso criminal, usted tendrá la opción de solicitar una audiencia como “dueño inocente”. Cuando el caso es planteado y usted ya ha presentado su respuesta, usted podrá presentar una moción (“motion” en inglés) en conjunto con una declaración juramentada (“affidavit”, en inglés) que explique que usted:
- Es el verdadero dueño del/de los bien(es),
- No es legalmente responsable por la conducta criminal,
- No intentó cometer el acto criminal por sí mismo o por medio de terceros,
- No estaba al tanto de la conducta criminal, y
- No figura como el dueño del/de los bien(es) para ayudar a la persona arrestada.
Usted tendrá que incluir hechos específicos para sustentar cada una de las aseveraciones antes mencionadas. Vea algunos ejemplos de estas aseveraciones aquí. Es posible que el estado tenga la oportunidad de iniciar un “proceso probatorio extrajudicial” antes de la audiencia donde se considerará su petición, y podrá pedirle a usted explicaciones sobre su titularidad sobre los bienes confiscados y el control que tenía sobre los mismos. A continuación se llevará a cabo una audiencia con el objetivo de poner a prueba su inocencia como dueño. En la audiencia, tendrá la carga de la probar, por preponderancia de la evidencia, que usted no sabía sobre la conducta criminal. De cumplir con la carga de la prueba, le devolverán sus bienes. De no hacerlo, el caso continuará, y el estado aún tendrá que cumplir con su carga de la prueba en el juicio para demonstrar que usted estaba al tanto de la conducta criminal.
¿Qué pasa si sus bienes son también evidencia de un crimen?
Cuando se comete un crimen, la policía recolecta evidencia. A veces la policía confisca bienes como evidencia, y esos bienes también están relacionados con la actividad criminal. Consecuentemente, la policía podrá quedarse con esos bienes al confiscarlos. El proceso de confiscación no empezará hasta después de que los bienes ya no sean necesarios como evidencia.
Cómo llegar a un acuerdo en un caso de confiscación
En un caso civil, usted tendrá la opción de llegar a un acuerdo. Esto significa que usted podrá ponerse de acuerdo con el procurador del estado y que lo hará por escrito. Por ejemplo, usted podrá comprometerse a pagar una cierta cantidad de dinero a cambio de sus bienes.
Llegar a un acuerdo podría ser una buena opción. Al hacerlo, usted tendrá más control sobre el resultado porque no es un juez quien tomará la decisión final. Lo que es más, el proceso de confiscación podría tomar mucho tiempo, especialmente si la corte prorroga la audiencia hasta que el proceso criminal haya concluido. Al llegar a un acuerdo, es posible que usted recupere sus bienes mucho más rápidamente.
Formularios de confiscación y otros recursos
Ejemplar de la carta de reclamo de la ACLU de Illinois. Utilice este ejemplar para preparar su reclamo ante la oficina del procurador del estado que le envió el aviso de confiscación.
La Corte Suprema de Illinois ha publicado algunos formularios que le podrán servir en un caso de confiscación, incluyendo:
- Comparecencia en casos de confiscación civil de bienes (Appearance - Civil Asset Forfeiture)
- Formularios para preparar mociones por adversidad (Hardship Motion forms): para su uso cuando la policía se haya llevado su automóvil y usted lo necesita porque el no tenerlo es una privación considerable para usted
- Respuesta a la demanda de confiscación (Answer to Complaint for Forfeiture): para casos que no tienen nada que ver con drogas o el lavado de dinero
Usted podrá encontrar tanto los formularios aprobados como las instrucciones para completarlas en la página web dedicada a la confiscación civil de bienes de la corte.
Conozca sus derechos en caso de confiscación civil de sus bienes. (ACLU de Illinois).
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