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El procedimiento para mantener los Vales de Opción de Vivienda de Sección 8 incluyen los siguientes pasos:

  1. Hacer una petición Una solicitud escrita a la corte por escrito para tener una audiencia Cuando las partes de un caso presenten sus perspectivas del caso ante un juez u otro oficial de finalización del vale de Sección 8.
  2. Recopilar información sobre su caso.
  3. Asistir a la audiencia con todas las pruebas y los testigos. 
  4. Esperar la decisión.
Haga una petición por escrito

Para poder luchar por mantener los Vales de Opción de Vivienda de Sección 8, debe solicitar una audiencia Cuando las partes de un caso presenten sus perspectivas del caso ante un juez u otro oficial por escrito. Todas las peticiones se dirigen a la Autoridad de Vivienda. Debe hacer la petición Una solicitud escrita a la corte antes de la fecha límite estipulada en la notificación de finalización. Puede hacerlo mediante entrega personal, por correo postal o por algún otro método indicado en la carta de finalización. Debe guardar una copia de la petición de la audiencia. Es posible que necesite demostrar que realizó ese envío por correo postal antes de la fecha límite. Podrá hacerlo si guarda una prueba de ese envío por correo postal, o si obtiene un recibo de la Autoridad de Vivienda. Si a su vale lo entrega la Autoridad de Vivienda del condado de Madison, la Autoridad de Vivienda debe recibir su petición para una audiencia dentro de los 10 días hábiles a contar desde la fecha en la notificación de finalización.

Es importante encontrar ayuda legal tan pronto como sea posible luego de obtener la notificación de la finalización. De ser posible, es mejor tener un abogado en la audiencia informal. 

Recopile información sobre su caso

Antes de asistir a su audiencia Cuando las partes de un caso presenten sus perspectivas del caso ante un juez u otro oficial de finalización de la Sección 8, se realiza el descubrimiento de pruebas. El descubrimiento de pruebas es la posibilidad que tiene usted de encontrar información que se utilizará en la audiencia. 

Después de pedir una audiencia, se le debe dar la posibilidad de ver las pruebas que se utilizarán para intentar sacarle el vale. Para ello, debe solicitarle a la Autoridad de Vivienda ver las pruebas antes de la audiencia.

Como parte del proceso de descubrimiento de pruebas, la Autoridad de Vivienda puede solicitarle ver sus pruebas antes de la audiencia. En ese caso, debe darle a la Autoridad de Vivienda todas las pruebas que se utilizarán en la audiencia. Además, puede hacerle preguntas a la Autoridad de Vivienda antes de la audiencia. 

Asista a la audiencia con todas las pruebas y los testigos

Debe llegar a la audiencia Cuando las partes de un caso presenten sus perspectivas del caso ante un juez u otro oficial a tiempo. Debe tener con usted todas las pruebas que utilizará para defenderse de la finalización. También debe saber qué testigos, de haberlos, usará para defender su caso. Debe mostrar todas las pruebas a la Autoridad de Vivienda en la audiencia. Luego, debe explicar todas las razones por las que no deben sacarle los vales.

Normalmente, el oficial de audiencias no le comunicará su decisión final en la audiencia. La resolución se le enviará por correo postal.

Solo hay una audiencia informal de finalización del vale de Sección 8. Es importante que se tome con seriedad la audiencia informal. Es posible que sea la única posibilidad para defenderse de la finalización del beneficio.

Espere la decisión

Generalmente se le comunicará la decisión por escrito dentro de los 10 días posteriores a la audiencia. Cuando las partes de un caso presenten sus perspectivas del caso ante un juez u otro oficial La notificación establecerá si finalizará el vale y cuando sucederá, además de las razones de dicha finalización. La Autoridad de Vivienda debe pagar la parte de la renta que le corresponde hasta que se conozca la decisión de la audiencia. 

Si el oficial de audiencias o el panel rechaza su defensa, entonces se dará por finalizado el vale de Sección 8. Una vez que haya finalizado el vale, los pagos de la renta que realiza la Autoridad de Vivienda al propietario Dueño de una propiedad el cual la alquila a un inquilino finalizarán. Desde ese momento, usted será responsable de pagar el monto total de la renta. Si no puede pagar la renta, es posible que lo desalojen.

Si finaliza el programa de vales de Sección 8, es posible que no pueda obtener ayuda nuevamente de Sección 8 en el futuro. Si queda fuera del programa de vales de Sección 8, puede suceder que sea más difícil acceder a una vivienda pública u otra opción de vivienda subvencionada.

Puede apelar la decisión de la Autoridad de Vivienda en la corte. Véase Apelar la decisión de finalizar los vales de Sección 8.

Última revisión exhaustiva realizada por un experto en la materia
Octubre 11, 2024
Última actualización realizada por nuestro personal
Octubre 11, 2024

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