Ciudadanos y Inmigración
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Esta sección forma parte de la biblioteca de derechos de inmigración, patrocinada por Quilling, Selander, Lownds, Winslett & Moser, P.C.

As of July 2023, ICE uses a web-based system for paying an immigrant’s bond. This system is called Cash Electronic Bonds (CeBonds). ICE is no longer accepting bond payments in person at ICE field offices (except in limited cases).
Hay 4 Oficina de Cumplimiento de Cruces Fronterizos (ICE siglas en inglés) que se encuentran en diferentes partes de Illinois. Para depositar la fianza de un inmigrante detenido en el distrito de Chicago, Usted deber á notificar a ICE de Chicago al menos un día antes de la fecha en la que planea depositar la fianza. Tendrá que llamar a ICE al teléfono 312-347-2400 o ir personalmente a la Oficina de Cumplimiento de Cruces Fronterizos/Oficina de Detención y Deportación (ICE/ERO siglas en inglés) a la dirección que se indica al final.
Para ponerse en contacto con el funcionario adecuado, Usted deberá conocer el número USCIS (siglas en inglés) del inmigrante (también denominado número A, número de extranjero o número de registro de extranjero). Una vez que se ponga en contacto con el funcionario, facilítele el número completo de USCIS del inmigrante e indíquele cuándo Usted tiene previsto depositar la fianza.
Si le comunica directamente el buzón de voz del funcionario, deje un mensaje con el número del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS siglas en inglés) y su nombre e información de contacto. Indique también cuándo piensa depositar la fianza. El funcionario le devolverá la llamada para confirmarle que el inmigrante será puesto en libertad luego de que Usted deposite la fianza. ICE no le permitirá depositar la fianza si el inmigrante no ha sido preparado para quedar en libertad.
Los pagos de las fianzas deben realizarse en la forma de cheques bancarios certificados u órdenes de dinero emitidos únicamente por el Servicio Postal de los Estados Unidos.; no se admiten cheques personales. El pago debe hacerse a nombre de "U.S. Department of Homeland Security" La persona que deposita la fianza (el deudor) debe ser la misma que la persona nombrada como pagador en el cheque u orden de dinero. El deudor/pagador debe ser ciudadano estadounidense o residente legal permanente y deber á presentar una prueba de ciudadanía o residencia para depositar la fianza y firmar como deudor.
Una vez que la fianza se depositó y que un inmigrante se encuentra en libertad, es muy importante que el inmigrante cambie su dirección domiciliaria ante la corte de inmigración, ya que todas las notificaciones de audiencias en un futuro serán enviadas por correo postal. Si el inmigrante no asiste a la corte el día de su audiencia, será deportado en su ausencia. El inmigrante deber ía completar el Formulario EOIR-33y enviarlo por correo postal a la Corte de Inmigración ubicada en at 525 W. Van Buren St., Ste. 500, Chicago, IL 60607 y enviar una copia del Formulario a la Oficina del Abogado Principal del Departamento de Seguridad Nacional/Oficina de Cumplimiento de Cruces Fronterizos DHS/ICE ubicada en la suite 701 del mismo edificio.
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