Familia y Seguridad
¿Le preocupa hacer esto por su cuenta? Es posible que pueda recibir ayuda legal gratuita.
Es posible que le hayan notificado que su cónyuge ha iniciado un proceso de divorcio contra usted. Puede recibir la notificación mediante la entrega personal de la documentación del divorcio. Si la notificación personal no es posible, se le "notificar á" mediante publicación. En este punto, usted tiene dos opciones:
Opción 1: No hacer nada
Puede elegir no hacer nada. El caso de divorcio seguirá adelante sin usted. El juez basará su decisión en lo que diga su cónyuge. Dictará lo que se llama una "sentencia por incomparecencia."
Esta opción puede ser adecuada para usted si no hay problemas relacionados con los hijos, los bienes inmuebles, la división de bienes y/o las deudas . Pero esta opción podría causarle disgustos si no le gusta lo que el juez decide sin contar con usted.
Para proteger sus derechos legales y poder opinar sobre el resultado, hable con un abogado y considere la posibilidad de responder al caso.
Si la corte dicta una sentencia por incomparecencia contra usted y quiere impugnarla, debe presentar formularios judiciales solicitando a la corte que anule la sentencia por incomparecencia. Presente los formularios dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la sentencia por incomparecencia. De lo contrario, será más difícil deshacerse de la sentencia por incomparecencia.
Tenga en cuenta que después de que el juez le haya declarado en rebeldía (por incomparecencia), la corte no podrá avisarle de las próximas fechas del juicio ni de la posterior entrada en vigor de una sentencia por incomparecencia. Es importante que se asegure de estar monitoreando activamente el caso de divorcio para asegurarse de que cualquier sentencia por incomparecencia dictada en su contra no afecte negativamente sus derechos.
Opción 2: Responder a los papeles de divorcio y participar en el juicio
Puede participar en el caso. Esto implica acudir a la corte para exponer su versión de los hechos. Primero debe responder a los papeles de divorcio que recibió.
Para responder, debe presentar un formulario de Comparecencia (Appearance) y un formulario de Respuesta (Answer) ante la corte antes de la fecha límite. También puede presentar una Contra-Petición de divorcio. Siga los siguientes pasos.
Tenga en cuenta que hay que pagar para participar en un caso de divorcio. Puede presentar una petición para solicitar una exención de cuotas.
Rellene y firme su Comparecencia y Respuesta con este programa que creará los formularios por usted. Haga al menos 4 copias de cada formulario cuando haya terminado.
- Comparecencia: Esto le dice a la corte y a su cónyuge que usted está participando en el caso judicial. Debe presentar este formulario si quiere comparecer ante la corte. No se le permitirá explicar su versión del caso si no presenta este formulario.
- Respuesta: Una respuesta por escrito a la corte indicando si está de acuerdo
o en desacuerdo con la Petición
de disolución del matrimonio que presentó su cónyuge. Usted debe responder a cada una de las afirmaciones numeradas en la Petición de disolución del matrimonio
ya sea admitiendo, negando o declarando que no puede admitir o negar porque no tiene suficiente información para admitir o negar. Más información sobre cómo responder a una demanda., - Contrapetición: Una petición por escrito en la que usted indica que también desea divorciarse de su cónyuge. Aunque es opcional, puede ser importante presentar una contrapetición de divorcio en caso de que su cónyuge deje de participar en el caso de divorcio. Usted puede entonces continuar con su propia contrapetición de divorcio.
Si no tiene dinero para pagar las cuotas judiciales, también debe rellenar:
- Solicitud de exención de cuotas judiciales (Application for Waiver of Court Fees): Este formulario solicita a la corte que no le exija el pago de la cuota judicial de presentación. Para saber a cuánto es la tarifa, póngase en contacto con la oficina del secretario de su circuito local.
Ahora que ya completó sus formularios, debe presentarlos ante el secretario del circuito correspondiente. Deberá presentarlos de forma electrónica ("e-file") a menos que tenga una exención.
Usted esta obligado a notificar a su cónyuge sobre su comparecencia y respuesta. Una vez que reciba una copia sellada de sus formularios de parte del secretario de la corte, envíe una copia de su comparecencia y respuesta a su cónyuge a la dirección proporcionada en sus documentos judiciales. Si su cónyuge tiene un abogado, envíe una copia al abogado. Puede encontrar la información de contacto del abogado en la Petición de Disolución del Matrimonio (Petition for Dissolution of Marriage).
Debe notificar antes de las 5:00 pm el mismo día que presente los formularios ante el secretario de circuito.
Envíe las copias de la manera que indicó en el formulario de Notificación (Notice), ya sea por entrega personal, por correo o por correo electrónico. Solo puede enviar los formularios por correo electrónico si la otra parte está de acuerdo o si los está enviando al abogado de la otra parte.
Guarde una copia de cada formulario para sus registros.
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