Ciudadanos y Inmigración

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Ciudadanía estadounidense para personas nacidas en el extranjero

Usted podrá obtener ciudadanía estadounidense por medio de sus padres genéticos o gestacionales, aunque haya nacido fuera de los EE.UU., siempre y cuando tanto usted como sus padres cumplan con ciertos requisitos.

Por lo general, una persona que nace fuera de los Estados Unidos puede ser considerada ciudadana por nacimiento si:

  • Tiene al menos un padre que es ciudadano estadounidense; y
  • Dicho padre cumple con los requisitos de residencia o presencia física en suelo o territorios de Estados Unidos antes del nacimiento de la persona en cuestión y de acuerdo con las leyes aplicables al momento de dicho nacimiento. Estas leyes han cambiado a través de los años.

Se aplican reglas diferentes para hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio. También hay reglas diferentes en caso de que el hijo se encuentre dentro o fuera de los EE.UU. Incluso el término “matrimonio” tiene un significado específico y requisitos bajo las leyes de inmigración. Consulte con un abogado si por lo menos uno de sus padres era ciudadano estadounidense cuando usted nació.

A continuación se da un resumen de las leyes actuales sobre este tópico.

Hijo nacido fuera del matrimonio

Hijo de 2 padres ciudadanos de EE.UU.

Un hijo nacido fuera de los Estados Unidos adquiere ciudadanía por nacimiento si:

  • Sus dos padres son ciudadanos estadounidenses; y
  • Al menos uno de sus padres vivió en Estados Unidos antes de que su hijo naciera.
  • Al menos uno de sus padres tiene una conexión ya sea genética o gestacional con el hijo.

Hijo de ciudadano estadounidense y de padre extranjero

Un hijo nacido fuera de los Estados Unidos adquiere ciudadanía por nacimiento si:

  • Tiene un padre extranjero y el otro es ciudadano estadounidense (ya sea por nacimiento o por naturalización); y
  • El padre que es ciudadano estadounidense estuvo físicamente presente en los Estados Unidos por no menos de 5 años, incluyendo al menos 2 años después de cumplir 14 años de edad.

La estadía del padre ciudadano estadounidense en el extranjero podrá contar como presencia física en los Estados Unidos si se refiere a:

  • Su participación honorable como miembro de las fuerzas armadas estadounidenses;
  • Empleo por el gobierno de EE.UU. o alguna otra organización calificada; o
  • Ser hijo o hija solteros y dependientes de tales personas.

Hijo nacido fuera del matrimonio

Hijo de padre ciudadano estadounidense

Una persona nacida en el extranjero fuera del matrimonio después del 14 de noviembre de 1986 hija de un padre ciudadano estadounidense puede adquirir ciudadanía en EE.UU. si:

  • Se establece relación de sangre entre el hijo y el padre por medio de pruebas claras y contundentes;
  • El padre era ciudadano estadounidense al momento del nacimiento del hijo;
  • El padre, a menos que haya fallecido, ha acordado por escrito apoyar económicamente al hijo hasta que éste cumpla 18 años de edad, y
  • Una de las siguientes condiciones se cumple antes de que el hijo cumpla 18 años de edad:
    • El hijo es reconocido bajo las leyes de su lugar de domicilio o residencia;
    • El padre reconoce, por escrito juramentado, la paternidad del hijo; o
    • La paternidad del hijo queda establecida por medio de fallo judicial rendido por una corte competente en el asunto.

Los requisitos de residencia y presencia física para el padre ciudadano estadounidense siguen aplicándose. El padre que es ciudadano estadounidense debe haber estado físicamente presente en los Estados Unidos por no menos de 5 años previos al nacimiento del hijo, incluyendo al menos 2 años después de que el padre haya cumplido 14 años de edad.

Hijo de una madre ciudadana estadounidense

Un hijo nacido fuera del matrimonio en el extranjero de madre ciudadana estadounidense puede adquirir ciudadanía por nacimiento bajo ciertas circunstancias. Los requisitos varían en base a qué tan reciente fue el nacimiento.

Antes del 12 de junio de 2017

Un hijo nacido después del 23 de diciembre de 1952 y antes del 12 de junio de 2017, puede obtener la ciudadanía si su madre:

  • Era ciudadana estadounidense en el momento del nacimiento del hijo; y
  • Estaba presente físicamente en los EE.UU. por un año continuo antes del nacimiento de su hijo.
El 12 de junio de 2017 o después

Un hijo nacido el 12 de junio de 2017 o después puede obtener la ciudadanía si su madre:

  • Era ciudadana estadounidense en el momento del nacimiento del hijo; y
  • Estaba presente físicamente en los EE.UU. por al menos 5 años previos al nacimiento (al menos 2 de los cuales fueron después de que ella cumpliera 14 años de edad).

Cómo adquirir ciudadanía por nacimiento si usted nació en el extranjero hijo de 1 o 2 padres ciudadanos

Para ser prueba válida de ciudadanía, su certificado de nacimiento debe haber sido registrado en la embajada o consulado de EE.UU.

Usted puede también solicitar un pasaporte estadounidense como reconocimiento de su ciudadanía.

Si requiere evidencia adicional de su ciudadanía, puede solicitarlo presentando al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (U.S. Citizenship and Immigration Services o USCIS, por sus siglas en inglés) USCIS un Formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía para obtenerlo.

En caso de cumplir con los requisitos para obtener ciudadanía en EE.UU. por tener un padre ciudadano estadounidense antes de cumplir 18 años de edad, usted podrá obtener un pasaporte o Certificado de Ciudadanía cuando quiera, aún después de cumplirlos.

Cómo obtener la ciudadanía después del nacimiento

Aún si no hubieran obtenido ciudadanía por nacimiento, los hijos de ciudadanos estadounidenses podrán obtenerla si cumplen con ciertos requisitos. El trámite para solicitar ciudadanía puede ser complicado y hablar con un abogado le será útil.

La ciudadanía estadounidense puede pasar de un padre ciudadano de EE.UU. a su hijo adoptivo. Un abogado puede ayudarle a asegurarse de documentar el proceso de adopción de manera debida hasta su conclusión, y puede también ayudarle con los trámites de inmigración. Para más información sobre la ciudadanía estadounidense para hijos adoptivos oprima aquí.

Última revisión exhaustiva realizada por un experto en la materia
Febrero 19, 2024
Última actualización realizada por nuestro personal
Febrero 20, 2024

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