Escuela y Educación
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La ley garantiza el acceso a la educación pública gratis para estudiantes indocumentados. El derecho a recibir educación pública va desde el jardín de infantes hasta el último año de educación secundaria (12vo. grado). Expira a los 21 años de edad. El estatus migratorio de su hijo no tiene importancia en cuanto se refiere a su matrícula en una escuela pública, y dicha escuela no podrá pedirle información sobre el estatus migratorio de su hijo.
En 1982, la Corte Suprema de los Estados Unidos (United States Supreme Court, en inglés) en el caso conocido como Plyler vs. Doe emitió un fallo indicando que todo menor, sea cual fuere su estatus, tiene el mismo derecho a ir a la escuela. Las escuelas públicas no podrán:
- Evitar que un estudiante indocumentado se matricule y asista a clases en una escuela,
- Tratar a tal estudiante de manera diferente que a los demás estudiantes, o
- Exigirle a dicho estudiante documentación alguna o un número de seguro social (Social Security Number o SSN, por sus siglas en inglés).
Un estudiante indocumentado tiene derecho a acceder a los mismos servicios y beneficios al alcance de los demás estudiantes.
Sin embargo, para que le sea posible asistir a una escuela en un distrito escolar, el estudiante tendrá que demostrar que en realidad vive dentro del distrito. Es lo que se conoce como “demostrar residencia” (“showing residency", en inglés). El distrito escolar tiene la obligación legal de proveerle educación a su hijo, si usted puede probar que usted:
- Vive dentro del distrito escolar, y
- Es el padre o un adulto con quien el menor vive con regularidad.
Será necesario que usted pruebe:
- Su identidad,
- La identidad del menor,
- Que usted vive dentro del distrito, y
- Que el menor ha tenido atención médica adecuada.
Los distritos escolares tienen la obligación legal de pedir, por escrito, una partida de nacimiento certificada de cada estudiante dentro de 30 días de su matriculación. De no disponer de una, otras formas de prueba de la identidad y edad del estudiante podrán ser aceptadas. Además, se le exigirá a usted que haga una declaración juramentada sobre la razón por la cual no puede proveer la partida de nacimiento del menor.
Aún si usted no cuenta con una licencia de conducir o una tarjeta de identificación emitida por el estado (respectivamente, en inglés “driver’s license” o “state identification card”), hay maneras de probar su residencia. Solo tiene que probar que usted vive dentro de los bordes del distrito escolar.
Algunos ejemplos de formas de probar su identificación pueden ser:
- Tarjeta de membresía de la biblioteca pública,
- Credenciales del trabajo,
- Cuentas de luz, gas u otro servicio público básico para su vivienda (“utilities” en inglés),
- Un contrato de alquiler o título de propiedad sobre un bien raíz, o
- Una declaración juramentada o affidavit de residencia del padre o de la persona con quien el estudiante reside, la cual confirme que el menor come y duerme en esa residencia.
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