Escuela y Educación
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Esta sección forma parte de la biblioteca de derechos de inmigración, patrocinada por Quilling, Selander, Lownds, Winslett & Moser, P.C.

¿Las escuelas comparten información de los estudiantes con inmigración?
No. La Ley de Derechos Educativos y Privacidad Familiar (Family Educational Rights and Privacy Act, FERPA por sus siglas en inglés) y la Ley de Registros Escolares de Estudiantes de Illinois (Illinois School Student Records Act, ISSRA por sus siglas en inglés) prohíben que las escuelas compartan el expediente de un estudiante con agentes federales de inmigración. Además, en el caso Plyler v. Doe, la Corte Suprema de los Estados Unidos declaró que impedir que niños indocumentados asistan a la escuela es inconstitucional.
Los funcionarios escolares no son informantes. No están obligados a reportar a inmigrantes indocumentados a las autoridades federales. Además, las leyes de privacidad estudiantil, por lo general, no permiten que los funcionarios escolares compartan información de los estudiantes sin el consentimiento de los padres.
¿Existen excepciones a las protecciones de privacidad para estudiantes?
Sí, hay excepciones a las leyes de privacidad estudiantil. En ciertos casos, los registros escolares de un estudiante pueden ser entregados a terceros, como el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (Immigration and Customs Enforcement, ICE por sus siglas en inglés), sin el consentimiento de los padres. Algunas de las excepciones a FERPA que permiten a las escuelas compartir información incluyen:
- Cumplir con una orden judicial o un citatorio legalmente emitido. Por lo general, se debe notificar a los padres antes de compartir los registros, para que puedan solicitar una orden de protección si es necesario.
- Atender una emergencia de salud o seguridad, cuando la información sea necesaria para proteger la salud o seguridad del estudiante u otras personas.
- Casos en los que un estudiante esté involucrado en un delito violento o un delito sexual.
- Para supervisar la estadía de estudiantes internacionales inscritos en el programa del Sistema de Información para Estudiantes y Visitantes de Intercambio (Student Exchange and Visitor Information System, SEVIS por sus siglas en inglés), como aquellos que tienen visas tipo "F," "J" o "M."
Estas excepciones son limitadas y no permiten que ICE tenga acceso general a los registros estudiantiles.
La “información de directorio” escolar también es una excepción a las reglas de privacidad de FERPA. Las escuelas deben informar qué datos planean incluir en su directorio y darles a los padres un plazo razonable para solicitar que la información de sus hijos no se incluya. Si no desea que la información de su hijo aparezca en el directorio escolar, notifíquelo a la escuela
¿Puede obtener una copia de los registros escolares de su hijo?
Sí. Los padres y tutores tienen derecho a solicitar a la escuela información o los registros escolares de su hijo. El estatus migratorio, tanto suyo como el de su hijo, no afecta este derecho
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